miércoles, 20 de julio de 2011

Depositos Aduaneros

TALLER

  1. ¿Qué son los depósitos aduaneros?

Nos permite la entrada de mercancías procedentes del exterior en los lugares habilitados por la Aduana en los cuales pueden permanecer durante un plazo determinado con suspensión del pago de derechos e impuestos. Algunos países no establecen un plazo para el depósito de mercancías.

  1. ¿Cuáles son las clases de depósitos aduaneros

Depósitos públicos

Depósitos privados

Depósitos privados transitorios

Depósitos privados para transformación o ensamble

Depósitos privados para procesamiento industrial

Depósitos privados para distribución internacional

  1. ¿Explique cada tipo de depósito?

Depósitos públicos:

La dirección de impuestos y aduanas nacionales habilito este tipo de depósitos con el fin de almacenar mercancías bajo control aduanero.

Depósitos privados:

Son los habilitados por la DIAN para almacenar bajo control aduanero, mercancías consignadas a la persona jurídica que figuran como titular de la habitación.

Depósitos privados transitorios:

Serán utilizados por las personas jurídicas que con la debida antelación a la llegada de la mercancía.

Depósitos privados para transformación o ensamble:

El término de almacenamiento en estos depósitos será de 15 días, contados a partir de la llegada de la mercancía el territorio aduanero nacional.

Depósitos privados para procesamiento industrial:

Son aquellos lugares habilitados por la DIAN para el almacenamiento de materias primas que van hacer sometidos a transformación.

Depósitos privados para distribución internacional:

Son aquellos para los usuarios aduaneros permanentes, para el almacenamiento, conservación, acondicionamiento manipulación, empaque, reempaque, o clasificación de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque en el término máximo de un año.

  1. ¿Cuáles son las obligaciones de los depósitos?

  • · Recibir, custodiar y almacenar únicamente aquellas mercancías que pueden permanecer en sus recintos.
  • · Recibir, custodiar y almacenar las mercancías sometidas al régimen de importación, exportación o a la modalidad de trasbordo.
  • · Registrar en el sistema informático aduanero la información relacionada con la recepción de la carga entregada para su custodia.
  • · Observar las medidas que la autoridad aduanera señale para asegurar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras.
  • · Contar con los equipos necesarios para el cargue, descargue, pesaje, almacenamiento y conservación de las mercancías.
  • · Disponer de las áreas necesarias para realizar la inspección física de las mercancías y demás actuaciones aduaneras, a las cuales tendrá acceso el personal que la Dirección de Impuestos y Aduanas determine.
  • · Permitir el reconocimiento físico de las mercancías por parte de las sociedades de Intermediación Aduanera, en las acciones previstas en este Decreto.
  • · Mantener claramente identificados los siguientes grupos de mercancías: los que se encuentren en proceso de importación; en proceso de exportación; bajo la modalidad de transbordo; aprehendidos; decomisados; en situación de abandono, y, los que tengan autorización de levante, salvo cuando se trate de mercancías a granel, almacenadas en silos o en tanques especiales;
  • · Llevar los registros de la entrada y salida de mercancías, conforme con los requerimientos y condiciones señaladas por la DIAN.
  • · Reportar las irregularidades que se presenten y suministrar la información que la autoridad aduanera solicite.
  • · Almacenar y custodiar las mercancías abandonadas, aprehendidas y decomisadas en sus recintos.

  1. ¿Cuáles son las responsabilidades de los depósitos?

Sin perjuicio de la responsabilidad frente a terceros de conformidad con las normas del Código de Comercio y el Código Civil, los depósitos serán responsables ante la Nación por las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento de las normas aduaneras. Los depósitos habilitados serán responsables ante la DIAN por el pago de los tributos aduaneros de las mercancías sustraídas o pérdidas en sus recintos

  1. Encontraran una serie de usuarios aduaneros, según el código de calidad diga qué tipo de contribuyente es, si tiene resolución y explique con sus palabras cada uno.

ü Agente de carga internacional: este aduanero es persona jurídica cuenta con una resolución. El se basa en Coordinar y organizar embarques, consolidar carga de exportación o desconsolidar carga de importación, emitir o recibir del exterior los documentos de transporte propios de su actividad.

ü Agente marítimo: este aduanero es persona natural o jurídica, no cuenta con una resolución. el es un intermediario entre las empresas marítimas y los usuarios o exportadores. Los agentes marítimos, al igual que en el caso de los agentes de carga aérea, brindan servicios tales como negociación de fletes, identificación de frecuencias, etc.

ü Almacén general de depósito: este aduanero es persona jurídica, cuenta con una resolución. aquellos que tienen por objeto la conservación y guarda de bienes muebles y la expedición de certificados de depósito y de bonos de prenda, los cuales, certificados y bonos, producirán efecto como títulos de crédito, conforme los define la Ley".

ü Comercializadora Internacional: este aduanero es persona jurídica, cuenta con una resolución. Son sociedades constituidas en cualquiera de las formas establecidas en el Código de Comercio. En términos generales, pueden definirse la CI como una sociedad mercantil especializada con una gran capacidad para detectar y generar negocios de larga duración y concretarlos en los diferentes mercados mundiales.

ü Comerc.zona aduan. esp.Inírida, Pto Carreño, Cumaribo,Primave: este aduanero es persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que tenga la calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de Inírida, Puerto Carreño, Cumaribo y La Primavera, y realice importaciones comerciales bajo el régimen aduanero especial de la zona.

ü Comerciante zona aduanera especial Leticia: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. tiene la calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de Leticia, y realice importaciones comerciales bajo el régimen aduanero especial de la zona.

ü Comerciante zona aduanera especial Maicao Uribia, y Manaure: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. que tiene la calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribia y Manaure, y realice importaciones comerciales bajo el régimen aduanero especial de la zona.

ü Comerciante zona aduanera especial Urabá, Tumaco y Guapí: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. tiene la calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de Urabá, Tumaco y Guapi, y realice importaciones comerciales bajo el régimen aduanero especial de la zona.

ü Comerc. puerto libre San Andrés, Providencia y Sta Catalina: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. tiene la calidad de comerciante domiciliado en el puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y realice importaciones comerciales bajo el régimen del puerto libre.

ü Depósito público de apoyo logístico internacional: persona jurídica, cuenta con una resolución. la dirección de impuestos y la aduana habilita para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero, de cualquier usuario del comercio exterior.

ü Depósito privado para procesamiento industrial: persona jurídica, cuenta con una resolución. habilitan un lugar para el almacenamiento de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, dado que tiene la calidad de usuario altamente exportador o usuario aduanero permanente, autorizado para declarar la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo procesamiento industrial. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportadora, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal.

ü Depósito privado para transformación o ensamble: persona jurídica, cuenta con una resolución. Habilitan un lugar para el almacenamiento de las mercancías de importación que serán sometidas a la modalidad de transformación o ensamble. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportadora, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. La habilitación se hace mediante resolución expedida por la DIAN.

ü Depósito franco: persona jurídica, cuenta con una resolución. habilita un lugar ubicado dentro de las instalaciones de los aeropuertos y de los puertos marítimos con operación internacional, para el almacenamiento, exhibición y venta a viajeros al exterior de mercancías nacionales o extranjeras. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportadora, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. La habilitación se hace mediante resolución expedida por la DIAN.

ü Depósito privado aeronáutico: persona jurídica, cuenta con una resolución. es de transporte aéreo habilitan un lugar para el almacenamiento de material aeronáutico que venga consignado a dichas empresas. Debe tener igualmente la calidad de transportador nacional del régimen de importación y exportación, y no podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal.

ü Depósito privado para distribución internacional: persona jurídica, cuenta con una resolución. la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar, para el almacenamiento, conservación, acondicionamiento, manipulación, empaque, reempaque, o clasificación de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportadora, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal.

ü Depósito privado de provisiones de abordo para consumo y para llevar: persona jurídica, cuenta con una resolución. de transporte aéreo y marítimo internacional legalmente autorizada para funcionar en el País, a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar dentro de las instalaciones de los aeropuertos y de los puertos marítimos con operación internacional, para el almacenamiento de mercancías destinadas al consumo de los pasajeros y miembros de la tripulación de las naves o aeronaves. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. La habilitación se hace mediante resolución expedida por la DIAN.

ü Depósito privado para envíos urgentes: persona jurídica, cuenta con una resolución. tiene la calidad de empresa de transporte internacional con licencia del Ministerio de Comunicaciones para ejercer la mensajería especializada, a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar para el almacenamiento de mercancías de importación o exportación correspondientes a envíos urgentes. Debe ser intermediario de la modalidad de envíos urgentes y no podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera.

ü Depósito privado: persona jurídica, cuenta con una resolución. la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar para almacenar, bajo control aduanero, mercancías que vengan consignadas a la misma persona jurídica titular del depósito o a sus sociedades filiales o subsidiarias. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal.

ü Depósito público: persona jurídica, cuenta con una resolución. la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar para almacenar, bajo control aduanero, mercancía de cualquier usuario del comercio exterior. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, usuario aduanero permanente, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal.

ü Depósito público para distribución internacional: persona jurídica, cuenta con una resolución. la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar en el puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para almacenamiento de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportadora, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal.

ü Exportador de café: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. realiza operaciones de exportación de café y que se encuentra inscrito como tal ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

ü Exportador: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. realiza operaciones de exportación de bienes o servicios con destino a otros países o a zona franca industrial de bienes y servicios.

ü Importador: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. realiza operaciones de importación de bienes o servicios desde otros países o desde zona franca industrial de bienes y servicios.

ü Intermediario de tráfico postal y envíos urgentes: persona jurídica, cuenta con una resolución. tiene licencia del Ministerio de Comunicaciones para realizar operaciones de mensajería especializada y autorizada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para desarrollar la actividad como intermediario en la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. Debe tener adicionalmente la calidad de depósito privado de envíos urgentes y no puede ser titular de un depósito público o sociedad de intermediación aduanera.

ü Operador de transporte multimodal: persona jurídica, cuenta con una resolución. inscrita como operador de transporte multimodal ante el Ministerio de Transporte, que cuenta con autorización otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para realizar operaciones de transporte multimodal de carga por el territorio aduanero nacional. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera o depósito público o privado.

ü Sociedad de intermediación aduanera: persona jurídica, cuenta con una resolución. autorizada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para ejercer la actividad de intermediación aduanera en las operaciones de importación, exportación y tránsito aduanero. No puede tener a su vez la calidad de depósito público o privado, transportador, agente de carga internacional, ni empresa de transporte nacional para el tránsito aduanero.

ü Titular de puertos y muelles de servicio público o privado: persona jurídica, cuenta con una resolución. poseedora de concesión para operar puertos o muelles marítimos o fluviales de servicio público o privado, habilitada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el manejo de la operación de entrada y salida de carga del territorio aduanero nacional. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera.

ü Transportador aéreo régimen de importación o exportación: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte internacional de carga y/o pasajeros. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera.

ü Transportista nacional operaciones de tránsito aduanero: persona jurídica, cuenta con una resolución. objetivo es el transporte de mercancías nacionales o de procedencia extranjera, dentro del régimen de tránsito aduanero, para lo cual requiere de autorización otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera.

ü Usuario comercial zona franca: persona jurídica, no cuenta con una resolución. autorizada para desarrollar actividades de mercadeo, comercialización, almacenamiento o conservación de bienes, en una o varias zonas francas.

ü Usuario industrial bienes zona franca: persona jurídica, no cuenta con una resolución. instalada exclusivamente en una o varias Zonas Francas, autorizada para producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados.

ü Usuario industrial servicios zona franca: persona jurídica, no cuenta con una resolución. autorizada para desarrollar, exclusivamente, en una o varias Zonas Francas, entre otras, las siguientes actividades: logística, transporte, manipulación, distribución, empaque, reempaque, envase, etiquetado o clasificación; telecomunicaciones, sistemas de tecnología de la información para captura, procesamiento, almacenamiento y transmisión de datos, y organización, gestión u operación de bases de datos; Investigación científica y tecnológica; asistencia médica, odontológica y en general de salud; turismo; reparación, limpieza o pruebas de calidad de bienes; soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, naves, aeronaves o maquinaria; auditoria, administración, corretaje, consultoría o similares.

ü Usuario operador de zona franca: persona jurídica, cuenta con una resolución. autorizada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para dirigir, administrar, supervisar, promocionar y desarrollar una o varias Zonas Francas, así como para calificar a sus usuarios.

ü Usuario aduanero permanente: persona jurídica y natural, cuenta con una resolución. autorizada como tal por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por reunir las condiciones previstas en la norma aduanera y que adquiere algunas prerrogativas en la realización de sus operaciones aduaneras. No puede tener adicionalmente la calidad de depósito público.

ü Usuario altamente exportador: persona jurídica y natural, cuenta con una resolución. autorizada como tal por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por reunir las condiciones previstas en la norma aduanera y que adquiere algunas prerrogativas en la realización de sus operaciones de exportación.

ü Usuario zonas económicas especiales de exportación: persona jurídica, cuenta con una resolución. de cualquier nacionalidad que celebre con el gobierno nacional contrato de admisión a la zona; así mismo la persona jurídica nacional o extranjera, legalmente establecida en Colombia, que adelante obras de urbanización, construcción e infraestructura de servicios básicos, tecnológicos y civiles, y aquella que se dedique a la formación del recurso y potencial humano especializado, dentro del ámbito geográfico de operación de las zonas económicas especiales de exportación.

ü Depósito privado de instalaciones industriales: persona jurídica, cuenta con una resolución. la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar, para almacenar bajo control aduanero mercancías a las cuales se efectuarán los procesos de reparación y acondicionamiento dentro de la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportadora, agente de carga internacional u operador de transporte internacional.

ü Usuarios de programas especiales de exportación PEX: persona jurídica, cuenta con una resolución. la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales autoriza como beneficiario de los programas especiales de exportación, en calidad de productor nacional y/o productor-exportador del bien final.

ü Depósito privado para mercancías en tránsito: persona jurídica, cuenta con una resolución. la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar en el territorio del puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para almacenar bajo control aduanero mercancías en tránsito que vengan consignadas o endosadas en el documento de transporte al titular de la habilitación, con el fin de ser embarcada a otros puertos nacionales o extranjeros. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportadora, agente de carga internacional u operador de transporte internacional.

ü Observadores de las operaciones de importación: persona natural, cuenta con resolución. la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales autoriza para apoyar técnicamente la administración aduanera en las diligencias de inspección previas al levante.

ü Usuarios sistemas especiales importación exportación: persona jurídica y natural, cuenta con una resolución. la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales autoriza para apoyar técnicamente la administración aduanera en las diligencias de inspección previas al levante.

ü Importador de textiles y calzado: persona jurídica y natural, cuenta con una resolución. autorizada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para importar materias textiles y sus manufacturas y calzado y sus partes, clasificables por los capítulos 50 al 64 del arancel de aduanas.

ü Transportador Marítimo Régimen Importación Exportación: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución. organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte internacional de carga. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera.

ü Usuario Industrial Zona Franca Especial: persona jurídica, cuenta con resolución. instalada exclusivamente en una zona franca, autorizada para producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados.

ü Agencias de Aduanas 1: persona jurídica, cuenta con resolución.

ü Usuario Operador zona franca especial: persona jurídica, cuenta con resolución.

ü Agencias de Aduanas 2: persona jurídica, cuenta con resolución.

ü Agencias de Aduanas 3: persona jurídica, cuenta con resolución.

ü Agencias de Aduanas 4: persona jurídica, cuenta con resolución.

ü Transportador aéreo nacional: persona jurídica y natural, no cuenta con una resolución.

ü Importador de bebidas alcohólicas: persona jurídica y natural, cuenta con una resolución

lunes, 18 de julio de 2011

¿QUÉ ES UN AGENTE EMBARCADOR?
Es aquel que opera en el transporte internacional, cuando la mercancía tiene como destino la exportación, los agentes deben saber los reglamentos de otos países, como los métodos de embarque, las reglas gubernamentales de exportación y todos los documentos relacionados con el comercio exterior.

¿QUÉ FUNCIONES CUMPLEN LOS AGENTES EMBARCADORES?
Orientan a el cliente desde el comienzo del negocio, recomendando sobre, costo de fletes, gastos portuarios, derechos consulares, costo de documentación y tramitación especial, y costos de seguro. Esto hace que el exportador se sienta mas seguro de sus cotizaciones internacionales, ya permita la totalidad de los gastos involucrados.

¿QUÉ PROCESO SE DEBE SEGUIR CUANDO LA MERCANCÍA ESTA LISTA PARA SER EMBARCADA?
Los agentes embarcadores deben revisar la documentación que cobija en despacho:
ü Las facturas comerciales.
ü La lista de contenidos.
ü La carta de crédito.
De esta manera se asegura que todo esté bien y en completo orden.

¿QUÉ ES UN OPERADOR LOGÍSTICO?
Es aquel que está encargado de diseñar, planear y ejecutar todas las funciones concernientes al transporte, abastecimiento y almacenamiento, tanto de productos como de recursos de una empresa.

¿QUÉ VENTAJAS SE TIENEN AL CONTAR CON LOS SERVICIOS DE UN OPERADOR LOGÍSTICO?
ü La concentración de la empresa en su “core business”, es decir, aquello en lo que se especialice.
ü Aumentar la capacidad de producción, mejoras en la productividad liberación de espacio disponible en la zona de producción, orden, limpieza.
ü Convertir costos fijos en variables y consecución de costos decrecientes.
ü Mejorar la gestión logística (mayor fiabilidad de información, flexibilidad operativa, integración con proveedores.
ü Mejorar los niveles de medición del servicio al cliente.
ü Controlar con fiabilidad los stocks de inventarios.

¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES RIESGOS DE CONTAR CON LOS SERVICIOS DE UN OPERADOR LOGÍSTICO?
ü Cambios en la estructura y funcionamiento de la empresa.
ü Un porcentaje de empresa solo buscan el beneficios inmediato y difícilmente puede garantizar la continuidad, las cuales deben vigilarse estrechamente

lunes, 23 de mayo de 2011

ACTIVIDAD.

1. Haga un análisis de unidad de carga eficiente, apoyo con el documento y el siguiente link http://paibmar.wordpress.com/2011/04/29/unidades-de-carga-eficiente/
2. Cuáles son las exigencias según las normas y legislaciones
.3. Entienda y resuma cada una de las definiciones del punto 2.2 e investigue Zona de cargaZona de recepciónZona de almacenajeZona de preparación de pedidos (puede haber simultaneidad con almacenaje)Zona de expedición
solucion


1. La Unidad de Carga Eficiente -UCE- está constituida por una agrupación de productos que sirve para facilitar el transporte, almacenaje y manipulación de las unidades de consumo. El embalaje de la unidad de carga puede ser un embalaje secundario de cartón o reutilizable que agrupa y empaqueta a unidades de consumo, o bien una paleta o un roll container que agrupa a embalajes secundarios.La unidad de carga es eficiente cuando su configuración optimiza el transporte, almacenaje y manipulación que se dan en cada uno de los procesos respectivos de Proveedor y Distribuidor. En muchos casos la particularidad de cada una de estas dos partes de la cadena suministro plantea diferentes necesidades y formas de operar que impiden la continuidad de la configuración inicial de la unidad de carga en el entorno detallista.
2. Factores inherentes a las instalaciones de Fabricantes, el transporte, la categoría de productos, los centros de distribución de Distribuidores, los formatos de tienda, la rotación de producto, los métodos de manipulación, requieren de configuraciones de unidades de carga diferentes para un mismo proceso. Para tales circunstancias se necesita en función de los impactos de costes de las unidades de carga, aplicar la configuración óptima que más rentabilice el proceso de Proveedor y Distribuidor en la cadena de suministro.
3. Zona de carga:
Control de entregas de mercancías y components en búsqueda de cosas peligrosas y sustancias posiblemente letales dentro de camiones, contenedores y cajas de envío o en paletas.

Zona de recepción:
La zona de recepción supone el complemento perfecto al alquiler del resto de instalaciones. Esta opción es especialmente interesante si va a alquilar varios espacios y desea ofrecer una puerta de entrada única adaptada a sus necesidades.

Zona de almacenaje:
Se denomina zona de almacenamiento al espacio donde se almacenan los productos hasta el momento en que se extraen para proceder a su expedición.En esta zona se diferencian dos áreas:• Un área que se destina al stock de reserva o en masa, desde donde se trasladan los productos a otras áreas donde se preparan para la expedición.Para ello se requieren equipos de almacenamiento específicos como, por ejemplo, la habilitación de los pasillos para la correcta manipulación de la mercancía.• El área denominada de picking que es donde se extraen los productos para su expedición. Se caracteriza por que los recorridos de la mercancía y el tiempo de preparación del pedido son más cortos. En esta zona se emplean equipos de manutención específicos, que facilitan al operario la realización de tareas de pickingLa preparación de pedidos o "Picking" es un proceso del almacén logístico cuyo fin es recolectar una serie de productos almacenados en el almacén, a reagruparlos en un lugar especificado antes de su expedición hacia los clientes.

Zona de preparación de pedidos (puede haber simultaneidad con almacenaje):
Es sin duda alguna la actividad de un almacén que tiene el valor añadido más alto, dado que es el reflejo físico de los deseos de los clientes. Lo que lo hace uno de los procesos llaves del almacén logístico, particularmente en el momento de un proceso de reducción de los costes.
Zona de expedición:
La preparación de pedidos o "Picking" es un proceso del almacén logístico cuyo fin es recolectar una serie de productos almacenados en el almacén, a reagruparlos en un lugar especificado antes de su expedición hacia los clientes. Es sin duda alguna la actividad de un almacén que tiene el valor añadido más alto, dado que es el reflejo físico de los deseos de los clientes. Lo que lo hace uno de los procesos llaves del almacén logístico, particularmente en el momento de un proceso de reducción de los costes.

jueves, 19 de mayo de 2011

ACTIVIDAD.

1. ¿QUÉ ES UN RÓTULO?
Es la marcación de un producto la cual describe o grafica la calidad y el proceso del producto y le brinda toda la información al consumidor

2. ¿QUÉ FUNCIÓN CUMPLE?
Suministrar al consumidor el tipo de producto toda la información que este necesita para investigar la calidad del producto
3. ¿QUÉ INFORMACIÓN DEBE CONTENER EL RÓTULO?
Este debe contener la siguiente información

Ø Nombre o denominación del producto
Ø País en el que es fabricado
Ø Si el producto está autorizado en todos los campos la distribución del producto debe tener:
· Fecha de vencimiento
· Condiciones de conversa miento
· Observaciones

Ø Contenido neto del producto expresado en unidades de masa o volumen
Ø Este producto debe tener las seguridades necesarias para tener informado al consumidor del peligro o riesgos que este tenga
Ø Debe tener el fabricante la distribución y el numero de requisitos
Ø Averiguar el riesgo que la creación de esta producto pueda causarle al medio ambiente o en este caso el consumidor
Ø El tratamiento de urgencia en caso de daño a la salud del usuario cuando sea aplicable

4. ¿EN QUÉ IDIOMA DEBE ESTAR?
Esta debe estar en idioma castellano en forma calara y en un lugar visible
5. ¿QUÉ ES EL CONTENIDO NETO DE UN PRODUCTO?
La cantidad del producto que se excluye el envase o cualquier otro material envasado con el producto de expresa en términos de:
· En peso o en volumen
· En volumen para los productos líquidos
· En peso para los productos sólidos
El contenido neto solo será exigible cuándo por la naturaleza del producto sea indispensable la especificación de dicha información
6. INVESTIGUE PARA QUE TIPO DE MERCANCÍA ES CADA UNA DE LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES:
Ø Resolución 5109 de 2005 esta se refiere frente a los estilos de empaque que el producto tenga
Ø Resolución 2652 de 2004 esta decreta qua la empresa esté capacitado en todo el tema de rotulado
Ø Resolución 0933 del 21 de abril de 2008 : Establece un sistema de identificación asociado a un sistema de verificación; presenta también un sistema de codificación para tamaños y tipos de contenedores con un rotulado opcional correspondiente a la presentación del mismo.

Resolución 3207 del 26 de diciembre de 2007: Establece la forma de determinar las diferentes marcas de código empleadas en el rotulado de los contenedores.





7. INVESTIGUE LAS NORMAS TÉCNICAS:
1. Perú. Decreto Legislativo 1056. El Peruano, 28 junio 2008

2. Perú. Ley 28405, Ley de Rotulado de Productos Industriales Manufacturados. El Peruano, 30 de noviembre 2004

3. Perú. Decreto Supremo 20-2005-PRODUCE, Aprueban Reglamento de la Ley de Rotulado de Productos Industriales
4. Manufacturados. El Peruano, 26 de mayo 2005

5. Perú. Circular Nº 012-2005- Establece instrucciones sobre rotulado de mercancías de acuerdo a lo dispuesto en la Ley
6. Nº 28405 y su Reglamento. El Peruano, 16 de junio de 2005.

7. Perú. Resolución Ministerial, Precisa que mercancías con la denominación Fabricado en la U.E. se
8. consideran originarias del Bloque Comunidad Europea para efectos de la Ley Nº 28405. El Peruano, 18 de agosto 2005.

9. Perú. Ley 23560 Sistema Legal de Unidades de Medida del Perú. El Peruano, 06 de enero 1983.

10. Perú. Decreto Supremo 1-84-ITI-IND, Establece datos que deben llevar inscritos los productos industriales manufacturados en el
11. extranjero para su venta en el territorio nacional. El Peruano, 18 de enero 1984.
NTP 209.098:2006 ACEITUNA DE MESA. Definiciones, requisitos y rotulado
12. Se aplica al fruto del olivo cultivado (Olea europea sativa Hoffg. Link) que ha sido adecuadamente tratado o elaborado y que se
13. ofrece para el consumo directo como aceitunas de mesa. Se aplica también a las aceitunas acondicionadas en envases a granel,
14. destinadas a ser reacondicionadas en pequeños envases.

15. ALGODÓN PIMA
NTP 231.280:2002 ALGODON PIMA. Definiciones, requisitos y rotulado
16. Establece las definiciones, los requisitos y el rotulado de Algodón Prima, así como, determina el método de muestreo y los
17. métodos de ensayo para verificar los requisitos

18. Alimentos
NTP 209.038:2003ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado
19. Establece la información que debe llevar todo alimento envasado destinado al consumo humano
NTP 209.501:204 ALIMENTOS IRRADIADOS. Etiquetado
20. Establece la información que debe llevar todo alimento irradiado envasado destinado al consumo humano
NTP 209.502:2005 CODIGO DE PRACTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS ALIMENTOS IRRADIADOS.
21. Establece las prácticas que deben aplicarse para que el tratamiento por irradiación de los productos alimenticios resulte eficaz y
22. se efectúe de una manera que permita mantener la calidad y obtener productos alimenticios inocuos y aptos para el consumo
23. Precio: S/. 27,58

martes, 17 de mayo de 2011

GUÍA PUERTOS 1.
1¿Y CUÁLES SONCON CUÁNTOS PUERTOS MARÍTIMOS CUENTA COLOMBIA ?
Los puertos constituyen, sin lugar a dudas, un importante elemento dentro de la cadena de distribución Física Internacional. Ellos pueden influenciar de manera significativa el costo final de un producto, por lo que cualquier estrategia económica de diversificación de exportaciones o abaratamiento de importaciones debe, necesariamente, tomar en consideración el funcionamiento y organización de los puertos comerciales.Criterios de Selección de Puertos2. 2¿QUIÉNES SE ENCARGAN DE LOS PUERTOS?
Son personas autorizadas para el manejo de todas las operaciones que se realizan de puerto a puerto las personas mas encargadas de estos son aquellas que están responsables de entregar la mercancía en cada puerto3.
3 ¿POR QUÉ LOS PUERTOS SON IMPORTANTES EN LA CADENA DE DISTRIBUCIÓN?Al entregar la mercancía a los distribuidores estos se encargaran directamente de entregar la encomienda a cada puerto para que esta se transportada a l punto final que sería el consumidor
4. ¿QUÉ CRITERIO DEBE TENER EN CUENTA UN EMPRESARIO AL MOMENTO DE ELEGIR UN PUERTO DE EMBARQUE PARA REALIZAR UNA IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN?
Que este puerto cumpla con todos los requerimientos para la entrega del embarque que esta al ser entregado en el puerto inmediatamente sea entregado a consumidor final En el negocio de importación o exportación, son muchas las decisiones que un empresario debe tomar a la hora de seleccionar un puerto de embarque. Dentro de los criterios para la selección de un puerto se destacan, entre otros: El acceso frecuente de las líneas marítimas que ofrecen servicio al mercado de interés, la distancia desde el punto de producción y/o alistamiento de la carga al puerto, las condiciones y servicios del terminal marítimo: Canales de acceso, seguridad, equipos, procedimientos y tarifas.
5. ¿CÓMO FUNCIONA Y COMO SE MODIFICO EL RÉGIMEN PORTUARIO COLOMBIANO?
En 1991 se expidió la Ley 001, para modificar el Régimen Portuario Colombiano y privatizar los puertos, medidas que tomó la Nación en busca de la Globalización, y cuyo objetivo fue: modernizar el sistema, reducir tarifas y mejorar la eficiencia portuaria. Sus resultados han sido positivosEl actual sistema portuario comprende 122 instalaciones, de las cuales 5 corresponden a Sociedades Portuarias Regionales, 9 a Sociedades Portuarias de Servicio Público, 7 a Sociedades Portuarias Privadas de Servicio Privado, 44 a Muelles Homologados, 10 a embarcaderos o muelles de cabotaje para naves menores y 47 a otras facilidades portuariasLas exportaciones no tradicionales focalizan especialmente su movimiento por las Sociedades Portuarias Regionales: Barranquilla, Tu maco, Cartagena, Buenaventura y Santa Marta.Tarifas Portuaria
6. ¿CÓMO SE MANEJAN Y SE CONTROLAN LAS TARIFAS PORTUARIAS?
Actualmente existe libertad de tarifas según lo establecido en la Resolución 426 de 1997, emitida por la Superintendencia de Puertos y Transporte. Los servicios que se ofrecen en los puertos se clasifican en dos tipos, los prestados a las naves y los de la carga. A su vez, estos son ofrecidos, bien por las Sociedades Portuarias o por los Operadores Portuarios. Según el caso de la forma de contratación del transporte, el exportador o importador debe tomar en cuenta los servicios a las naves y/o a la carga. En el caso de las exportaciones no tradicionales, manejadas a través de las Sociedades Portuarias, los de mayor ocurrencia corresponden a los prestados por la Sociedad Portuaria a la Carga y por los Operadores Portuarios.
7. ¿CÓMO FIJAN LAS TARIFAS LAS SOCIEDADES PORTUARIAS COLOMBIANAS? CONSULTAR TARIFAS.
Cada puerto fija las tarifas de acuerdo con los servicios y operaciones que pueda ofrecer, o por la carga que desea atraer. Circunstancia que en determinado momento puede definir la utilización o no de un puerto.El sistema de libertad de tarifas genera competencia entre los terminales, si bien las diferencias no son sustanciales, puede inferir junto con otros elementos en la decisión de utilizar o no determinado puerto.Una práctica generalizada en las Sociedades Portuaria Regionales Colombianas, es la de otorgar descuentos a los usuarios por los volúmenes o movimientos de carga que realicen.
8. ¿CÓMO MANEJAN LAS TARIFAS LOS OPERADORES PORTUARIOS?
Las actividades que se generan en un puerto son diversas, de la misma manera existen operadores con servicios diferentes. Esta es una actividad es de libre competencia, vigilada por la Superintendencia de Puertos y Transporte.Los servicios que cobran los operadores portuarios cubren diferentes operaciones: descargues, movilización, llenado y vaciado de contenedores, suministro de equipos entre otros. Negociación de acuerdo a volúmenes
9. ¿QUÉ MOVIMIENTOS SE TIENEN EN CUENTA PARA UNA OPERACIÓN DE EXPORTACIÓN? CONSULTAR TARIFAS.
Es preciso señalar que las tarifas varían en proporción al volumen de: unidades, tipo de carga, el alistamiento que requieran los contenedores, el puerto y principalmente la capacidad de negociación de quien contrata.
10. ¿QUÉ ES OPERACIÓN PORTUARIA?
Esta especialidad se relaciona con los procesos de tramitación y transferencia de mercancía que proviene de la importación o tiene como destino la exportación. También hay mucho contacto con el Puerto, agencias de aduana, compañías navieras, etc...

lunes, 9 de mayo de 2011

costos de transporte de cargas

1. ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LOS COSTOS DE CARGA SEGÚN LA INTRODUCCIÓN?
Rta:
* La explotación de servicios de transporte de cargas es muy reducida
* Existen algunas estimaciones de costos realizadas por cámaras sectoriales
* Intentar replicar la función de la producción de la actividad
* Se incluyan y se consideran los costos de capital
* Analiza los determinantes del costo de producción de los servicios
* Analiza los costos del operador logístico que incluye servicios contextos

2. ¿SEGÚN LA COMPARACIÓN ENTRE DOS VEHÍCULOS IDÉNTICOS, CUALES SON LOS FACTORES QUE DETERMINAN LOS COSTOS?
Rta:
* Los dos vehículos son caracterizados por proceder de 2 empresas del mismo tamaño
* Uno de estos se caracteriza por recorrer menos km pero se tiene en cuenta que los dos están transportando la misma cantidad de mercancía la demora de esta puedo ser causada por que el lugar a donde llevaría la mercancía era menos retirado
* El auto que es de 500 km al llegar al punto del cliente esta tuvo que recorrer mas que le anterior
* Desacuerdo a la diferencia de km recorridos estos pueden ser causados por la circulación
* Se considera que si los dos vehículos eran de tamaños diferentes uno de estos transportaría mas mercancía que el otro
3. ¿QUÉ SON COSTOS FIJOS?
Rta: son los que varían de acuerdo con los cambios en el volumen de producción y son aquellos cuyo monto total no se modifica de acuerdo con la actividad de producción. Se puede decir que los costos varían con el tiempo más que con la actividad es decir que se presentarían durante un periodo de tiempo aun cuando no haya alguna actividad de producción.
4. ¿QUÉ ASPECTOS INFLUYEN EN LOS COSTOS?
Rta:
* Materia prima
* Mano de obra
* Gastos de fabricación o producción
Materia prima es el elemento susceptible de transformación por yuxtaposición, ensamble, mezcla, etc.
Mano de obra es el esfuerzo humano indispensable para transformar esa materia prima.
Gastos de fabricación agrupa las erogaciones necesarias para lograr esa transformación, tales como: espacio, equipo, herramientas, fuerza motriz, etc.
Costo primo: es la suma de materia prima y mano de obra.
Costo de producción: es la suma del costo primo más los gastos de fabricación, que también se establece como: Materia prima + Mano de obra + Gastos indirectos.
Costo de distribución: afecta los ingresos obtenidos en un periodo determinado, siendo establecido como: Gastos de venta + Gastos de administración + Gastos financieros de operación compra venta.
Costo total: será igual a la suma del costo de distribución más el costo de producción.

lunes, 25 de abril de 2011

CÓMO SE SELECCIONA EL EMBALAJE?

Empresa. Gestión del aprovisionamiento. Selección del proveedor. Evaluación de ofertas. Criterios de selección. Negociación de condiciones. Descuentos. Plazo de pago. Gastos de transporte. Embalaje. Montaje. Instalación

CUÁLES SON LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, PROTECCIÓN, HIGIENE Y CONTROL FITOSANITARIO PARA EL EMBALAJE DE LOS OBJETOS?

El programa TECNICO EN EL DESARROLLO DE OPERACIONES LOGISTICAS EN LA CADENA DE ABASTECIMIENTO se creó para brindar al sector productivo técnicos con el propósito de formar operarios en logística, con amplio dominio técnico , investigativo y humanístico, garantizando una formación de calidad frente a los diferentes procesos logísticos requeridos por las empresas de acuerdo con la estructura del sector productivo y el nivel ocupacional, realizando esta tarea en el mejor tiempo posible en las cantidades precisas y al menor costo. En todas las regiones y departamentos del país que cuentan con potencial productivo en zonas logísticas, operadores logísticos, puertos, transporte logístico como movilización de carga, en sus modos terrestre, marítimo, férreo, aéreo y acuático que dependen en gran medida de un recurso humano cualificado y calificado, capaz de responder integralmente a la dinámica del sector, como factor determinante de la competitividad y el desarrollo del país. El SENA ofrece el programa con todos los elementos de formación profesional, sociales, tecnológicos y culturales, metodologías de aprendizaje innovadoras, acceso a tecnologías de última generación, estructurado sobre métodos más que contenidos, lo que potencia la formación de ciudadanos librepensadores, con capacidad crítica, solidarios y emprendedores, con formación centrada desde el hacer e incorporando los elementos cognitivos y actitudinales para desarrollar en el aprendiz competencias técnicas, cognoscitivas y comporta mentales que lo acreditan y lo hacen pertinente y coherente con su misión, innovando permanentemente de acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.

QUÉ OPERACIONES FACILITAN LOS OBJETOS EMBALADOS?

Los procedimientos de embalado se caracterizan enteramente por el tipo de carga, si es liviano o su contenido no sea frágil, la carga se facilitara su manejo. La formación de de paquetes de otros objetos, se tiene que tener en cuenta a la hora de la fijación a las cartas, hojas o bandas

QUE SE TIENEN EN CUENTA PARA EMBALAR LOS OBJETOS? DE UN EJEMPLO?

Las siguientes medidas están destinadas a minimizar los daños atribuidos a deficientes
embalajes: 1. Diseñar los recursos de embalaje considerando la necesidad de fácil manipulación de las cajas durante su carga y descarga. Igualmente, el embalaje debe garantizar una protección adecuada por períodos de tiempo relativamente prolongados. 2. Los materiales de fabricación de las cajas de embalaje deben ser de primera calidad, pues deben garantizar el óptimo funcionamiento del contenido, resistencia a todo tipo de deterioro y una protección adecuada a su contenido.
3. Extremar las medidas de protección de los objetos contra daños mecánicos, resultantes de golpes, presiones y/o vibraciones durante el viaje.
4. Proteger los objetos contra los cambios bruscos de temperatura y humedad que pudieran producirse durante el viaje.5. Embalar en cada caja los objetos afines respecto a la fragilidad y peso. Cuidar de no colocar muchos objetos por cada caja de embalaje
Ejm: El deterioro resultante por la acción de agentes biológicos sobre los objetos embalados. En este sentido, deben prepararse adecuadamente los objetos contra la actuación de insectos, hongos, ratas, etc.

A QUÉ Y COMO SE DEBE ADECUAR EL EMBALAJE?

El embalaje trata de proteger el producto o conjunto de productos que se exporten, durante todas las operaciones de traslado, transporte y manejo; de manera que dichos productos lleguen a manos del consignatario sin que se haya deteriorado o hayan sufrido merma desde que salieron de las instalaciones en que se realizó la producción o acondicionamiento. El embalaje debe adecuarse a las penalidades que vaya a sufrir el producto hasta el mercado de utilización y por ello debe pensarse siempre en:1. Términos de recorrido total del transporte en que se vaya a realizar, 2. El apilamiento al que deberá estar sometido en camiones, bodegas oalmacenes,2. Atarrayas, plataformas, montacargas, grúas, altura desde que será soltado al terminal o al lugar de estiba), Los climas de condiciones de humedad a los que será sometido, tanto en el país de destino como en el de utilización, y lluvias que deberá soportar3. La manera en que será cargado, descargado y manipulado (ganchos, 4. 5. 6. 7. 8. 9)